Acaba otro verano en nuestra Villa y un gran número de turistas, visitantes y "forasteros" dejan la playa para volver a su rutina en su ciudad de origen. Muchas de las casas y pisos de nuestra población se van quedando vacios de forma paulatina a medida que va llegando el invierno, como si de calles, urbanizaciones, edificios y barrios fantasmas se tratasen.

Del mismo modo, nuestra población va creciendo por las "avenidas nuevas" con numerosas edificaciones practicamente deshabitadas a lo largo del año, pero esto no es una ventaja para la economía o turismo local anual e igualmente incide en la forma de vida laboral y de bienestar del habitante roteño autóctono.

Mientras tanto, un considerable sector de la sociedad roteña "da gracias a Dios" a que el "largo verano" pasó y con ello acaba la sequía de alquileres locales. Son numerosas las parejas jovenes y familias roteñas que están desesperadas por encontrar un alquiler digno y económico para todo el año... con muchísima suerte.

En la mañana del jueves 20 de septiembre del presente año, se publica un anuncio en diversos conocidos grupos locales de la red social Facebook, que indica el siguiente mensaje:

"Alquilo en rota. 440 €. Vivienda grande. 3 dormitorios. Bien situado.Exterior. Soy la corredora. Y mi cliente no quiere perros, ni niños pequeños. Nómina estable. Alquiler anual"

Suena muy interesante que sea un "alquiler anual", pero la condición de "ni niños pequeños" hace que esta publicación sea a este paso el "Trending Topic de Rota" de la semana actual, ya que en tan sólo unos minutos fueron muchísimos usuarios los que se ofendieron por ese requisito discriminatorio... y claro está, con nuestro arte gaditano se crearon las siguientes mejores respuestas:

Pero volviendo al tema en cuestión, muchos se preguntarán si se considera discriminación un anuncio que indique que "no se admiten niños". Pues sí. Discriminación es el acto de tratar a un individuo o a un grupo de personas de una manera ilegal o desfavorable por motivos de raza, edad, nacionalidad, sexo, idioma, origen social, discapacidad, color o religión. En el caso del anuncio, se indica de forma explicita que se prohibe a personas con hijos, unas condiciones o requisitos que "como mínimo, bordean la legalidad, porque se crea una discriminación no justificada por razones personales del propietario y podría considerarse una cláusula nula si se recoge en el contrato", tal y como indica el abogado Sergio Carrasco (Diario de Ibiza, 08.04.2018).

La descriminación en un anuncio de alquiler no sólo se refleja en las familias, pese a que los arrendadores o progenitores son responsables legales de los menores, sino en otros ejemplos muy comunes en nuestra localidad, pero que deberían ser filtrados y no expuestos por plataformas de alquileres, inmobiliarias, así como por "corredores" legales y profesionales. Entre éstos destacan:

  • Sólo para militares españoles
  • Sólo para militares americanos
  • Sólo para profesores de septiembre a junio
  • No se admiten jovenes

En definitiva, si cualquier persona interesada en buscar alquiler se encuentra con un anuncio de tal índole, aunque cumpliese esos requisitos extremos, excepcionales e/o ilegales, se le recomendaría optar por otro inmueble, ya que de forma indirecta se está apreciando que el propietario puede llegar a ser complicado, y aunque se tenga total razón jurídica, el motivo principal de toda persona o familia es encontrar una casa donde vivir en paz.